Aguinaldo Uruguay 2025 - Cuándo se Cobra y Cómo Calcularlo
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El aguinaldo es plata que te corresponde por ley. Acá te explico cómo calcularlo sin vueltas.
¿Qué es el aguinaldo?
Es un sueldo extra que se paga dos veces al año. Oficialmente se llama "Sueldo Anual Complementario" y está en la Ley 12.840. Básicamente, tu empleador te debe la doceava parte de todo lo que ganaste en el semestre.
¿Cuándo se cobra?
El de junio se paga antes del 30 de junio (corresponde a lo que ganaste de diciembre a mayo). El de diciembre se paga antes del 20 de diciembre (corresponde a junio-noviembre).
La fórmula
Es simple: sumás todo lo que ganaste en el semestre y dividís entre 12.
Por ejemplo, si ganás $45.000 por mes y trabajaste los 6 meses completos, el cálculo es: $45.000 x 6 = $270.000 dividido 12 = $22.500 de aguinaldo.
Si hiciste horas extras, eso también cuenta. Supongamos que además del sueldo hiciste $3.000 de extras cada mes. Ahora son $48.000 x 6 = $288.000 dividido 12 = $24.000.
¿Qué se incluye en el cálculo?
Cuenta todo lo que es salario: el sueldo base, horas extras, comisiones, nocturnidad, antigüedad, feriados pagos.
No cuenta: viáticos, asignaciones familiares, tickets de alimentación, propinas, subsidios del BPS ni indemnizaciones.
Los descuentos
Al aguinaldo le descuentan lo mismo que al sueldo: 15% de BPS, entre 3% y 6% de FONASA, y 0.125% de FRL.
Con el IRPF es distinto. Como ya te vienen descontando 6% anticipado cada mes durante el año, en junio no te hacen descuento adicional de IRPF sobre el aguinaldo.
Siguiendo el ejemplo de los $22.500: te quedan aproximadamente $18.000 en la mano después de los descuentos.
Si no trabajaste todo el semestre
El aguinaldo se calcula proporcional. Si arrancaste en septiembre con un sueldo de $40.000, solo tenés 3 meses en el período. Entonces: $40.000 x 3 = $120.000 dividido 12 = $10.000.
Si renunciás o te despiden
Siempre te corresponde el aguinaldo proporcional por los meses que trabajaste, no importa si te fuiste vos o te echaron.
Marco legal
Ley 12.840 de 1960 y Decreto-Ley 14.525. Si tu empleador no te paga en fecha, genera intereses y hasta podrías considerarte despedido indirectamente.
Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento legal o contable profesional.
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