Liquidación

Si Renuncio ¿Me Corresponde Aguinaldo y Vacaciones? Guía Uruguay 2026

Equipo Calculate7 min de lectura

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Sí, te corresponde. Pero no todo.

Si estás pensando en renunciar o ya presentaste tu renuncia en Uruguay, seguramente te preguntás qué te van a pagar. La respuesta corta: te pagan lo que generaste y no cobraste. Pero hay cosas que solo corresponden si te despiden.

Acá te explico exactamente qué me pagan si renuncio en Uruguay y qué no. Estos criterios surgen de la normativa laboral vigente y de la práctica habitual del MTSS.

Lo que SÍ te corresponde si renunciás

Cuando presentás una renuncia voluntaria en Uruguay, tu empleador tiene que pagarte:

Días trabajados del mes

Si renunciás el 15 de marzo, te pagan los 15 días que trabajaste ese mes. Simple.

Aguinaldo proporcional

El aguinaldo no es solo para junio y diciembre. Si te vas antes, te corresponde la parte proporcional por los meses trabajados en el año.

Por ejemplo: si ganás $50.000 por mes y renunciás el 31 de marzo, trabajaste 3 meses del año. Tu aguinaldo proporcional sería aproximadamente $12.500 (3/12 del aguinaldo anual).

Salario vacacional proporcional

El salario vacacional es un adicional que equivale al salario correspondiente a los días de licencia generados.

Si al momento de renunciar tenés licencia generada y no gozada, además de pagarte esos días de licencia, también te corresponde el salario vacacional proporcional asociado a esa licencia.

Licencia no gozada

Si acumulaste días de vacaciones que no tomaste, te los pagan. En Uruguay corresponden 20 días de licencia por año trabajado, que se generan proporcionalmente (aproximadamente 1,66 días por mes), según lo establecido por la normativa laboral vigente.

Si trabajaste 2 años y nunca tomaste vacaciones, te deben pagar esos 40 días.

Lo que NO te corresponde por renuncia

Acá está la diferencia grande con el despido:

Indemnización por despido: NO

La indemnización (un sueldo por año trabajado) solo corresponde si te despiden. Si renunciás, no la cobrás. Esta es la diferencia más importante entre renuncia y despido.

Subsidio por desempleo: NO

El seguro de paro solo aplica si te despiden. La renuncia voluntaria no da derecho a cobrar desempleo del BPS, salvo casos muy excepcionales de renuncia indirecta debidamente probada.

Renuncia vs Despido: la diferencia en plata

Para que lo veas claro, si ganás $50.000 y trabajaste 3 años:

ConceptoRenunciaDespido
Días trabajados✅ Sí✅ Sí
Aguinaldo proporcional✅ Sí✅ Sí
Salario vacacional✅ Sí✅ Sí
Licencia no gozada✅ Sí✅ Sí
Indemnización (3 sueldos)❌ No✅ Sí
Seguro de paro❌ No✅ Sí

Los montos son estimativos y pueden variar según salario y antigüedad.

La diferencia puede ser de $150.000 o más dependiendo de tu antigüedad.

¿Cuánto es el aguinaldo proporcional?

El aguinaldo en Uruguay es la doceava parte (1/12) de las remuneraciones computables percibidas en el período. En general se toma el salario y partidas habituales. Se paga en dos partes: junio y diciembre.

Si renunciás en cualquier momento, te corresponde el proporcional por los meses trabajados desde el último pago.

Ejemplo práctico

  • Sueldo: $45.000 por mes
  • Fecha de renuncia: 15 de abril
  • Meses desde enero: 3,5 meses

Aguinaldo proporcional = ($45.000 × 3,5) / 12 = $13.125 (bruto, antes de descuentos)

¿Y si renuncio antes de junio o diciembre?

Es una duda muy común. Mucha gente piensa que si renuncia en mayo "pierde" el aguinaldo de junio.

No es así. El aguinaldo se calcula proporcionalmente siempre. No importa si renunciás en enero, marzo o noviembre. Te pagan por los meses que trabajaste.

Lo mismo aplica para el salario vacacional: se calcula proporcional a los días de licencia que generaste.

El plazo de pago: 10 días

Tu empleador tiene 10 días corridos desde tu último día de trabajo para pagarte la liquidación final por renuncia. Esto incluye todo: días trabajados, aguinaldo, vacaciones y salario vacacional.

¿Qué hacer si no te pagan?

El atraso puede generar recargos e intereses, y habilita el reclamo ante el MTSS o la vía judicial.

  1. Primero, reclamá por escrito a tu empleador
  2. Si no responden, podés hacer una denuncia en el MTSS (Ministerio de Trabajo)
  3. En general, el plazo para reclamar es de hasta 1 año, dependiendo del concepto reclamado

¿Tengo que avisar con anticipación?

En Uruguay no hay obligación legal de dar preaviso cuando renunciás. Podés irte de un día para el otro y tu empleador igual tiene que pagarte todo lo que te corresponde.

Dicho esto, avisar con 15 o 30 días de anticipación es lo más profesional y te permite irte en buenos términos. Nunca sabés cuándo vas a necesitar una referencia.

¿Cómo calculo mi liquidación por renuncia?

La fórmula general es:

Liquidación = Días del mes + Aguinaldo proporcional + Salario vacacional + Licencia no gozada

A eso hay que restarle los descuentos legales: BPS (15%), FONASA (3-8%), FRL (0,1%) e IRPF si corresponde.

Si no querés hacer las cuentas a mano, podés usar nuestra calculadora de liquidación por renuncia en Uruguay. Es gratis y te da el resultado en segundos con el desglose completo.

Preguntas frecuentes

¿Me pagan aguinaldo si renuncio en enero?

Sí. Aunque solo trabajaste un mes del año, te corresponde 1/12 del aguinaldo. Lo mismo aplica para cualquier mes.

¿Cuántos días de vacaciones me corresponden si trabajé menos de un año?

Se calcula proporcional: aproximadamente 1,66 días por cada mes trabajado. Si trabajaste 6 meses, te corresponden unos 10 días de licencia (que te pagan si no los tomaste).

¿Puedo cobrar seguro de desempleo si renuncio?

No. El subsidio por desempleo del BPS solo corresponde en caso de despido, no por renuncia voluntaria.

¿Qué pasa si no me pagan en los 10 días?

El atraso genera recargos e intereses. Podés denunciar en el MTSS o iniciar un reclamo judicial.

¿Puedo renunciar y después reclamar que me despidieron?

No es recomendable. Si presentás una renuncia por escrito, es muy difícil argumentar después que fue un despido encubierto, salvo que puedas probar que te forzaron a renunciar.

¿Me pueden descontar algo de la liquidación?

Solo los descuentos legales (BPS, FONASA, IRPF). No te pueden descontar "multas" o conceptos inventados. Los descuentos deben estar debidamente documentados. Si faltan herramientas o hay daños, es un tema aparte que debe resolverse por otra vía.

Resumen

Si renunciás en Uruguay:

Te pagan: días trabajados, aguinaldo proporcional, salario vacacional y licencia no gozada

No te pagan: indemnización por despido ni tenés derecho a seguro de paro

Plazo: 10 días corridos para pagarte

La liquidación final por renuncia es más chica que por despido, pero igual te corresponde cobrar todo lo que generaste trabajando.


Este artículo es informativo y no sustituye asesoramiento legal o contable profesional.

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